Ir al contenido principal
El contenido pasó a elwikidice.wordpress.com, perdón por las molestías.

¿Producción de telenovelas en El Salvador?



El mercado de las telenovelas es más de los mexicanos que de los salvadoreños, pero de vez en cuando se lleva a cabo un "basado en hechos de la vida real". El Salvador tiene demasiados políticos y a esto se le añade que ellos pasan con pleitos muy tontos e indignantes. Luego de la novela "¿Con quién se queda el perro?", "¡Esa pulsera es mía!", "Trabajo como asilado" y "Él me llamó bruja", además de la serie de ciencia ficción llamada "Vamos a valer sin ti", surge el "Ámame Eugenio".

Luego de que el alcalde de San Salvador, Nayib Bukele, manifestara en una entrevista que el secretario de comunicaciones de la presidencia mantenía relaciones con una menor de edad y que era incesto, pederastia, zoofilia, pedofilia y fetiche (claro, exageré). Pero, todos estaban hablando sobre esto, en especial porque es el segundo caso de una menor viviendo con un mayor.

Considerándolo, El Salvador tiene asuntos más importantes que una joven que está viviendo con un político desde hace mucho tiempo. La mayor parte de noticias se difunden en Internet y claro, la versión de las cosas según un poder político es mantener distraído a un pueblo, únicamente para olvidar lo que se aproxima. Dentro de unos cuatro meses hay elecciones de alcaldes y diputados. A un alcalde es más fácil conocerlo, comienzas a ver su foto en todo el municipio, en cambio, un diputado es elegido en secreto dentro de su partido y luego no sabes quien está en la papeleta y te toca votar al azar.

¿Qué tan importante es el cargo de diputado?

Artículo 131. Corresponde a la Asamblea Legislativa:
  1. Decretar su reglamento interior;
  2. Aceptar o desechar las credenciales de sus miembros, recibir a éstos la protesta constitucional, y deducirles responsabilidades en los casos previstos por esta Constitución.
  3. Conocer de las renuncias que presentaren los Diputados, admitiéndolas cuando se fundaren en causas justas legalmente comprobada;
  4. Llamar a los Diputados suplentes en caso de muerte, renuncia, nulidad de elección, permiso temporal o imposibilidad de concurrir de los propietarios;
  5. Decretar, interpretar auténticamente, reformar y derogar las leyes secundarias;
  6. Decretar impuestos, tasas y demás contribuciones sobre toda clase de bienes, servicios e ingresos, en relación equitativa; y en caso de invasión, guerra legalmente declarada o calamidad pública, decretar empréstitos forzosos en la misma relación, si no bastaren las rentas públicas ordinarias;
  7. Ratificar los tratados o pactos que celebre el Ejecutivo con otros Estados u organismos internacionales, o denegar su ratificación;
  8. Decretar el Presupuesto de Ingresos y Egresos de la Administración Pública, así como sus reformas;
  9. Crear y suprimir plazas, y asignar sueldos a los funcionarios y empleados de acuerdo con el régimen de Servicio Civil;
  10. Aprobar su presupuesto y sistema de salarios, así como sus reformas, consultándolos previamente con el Presidente de la República para el solo efecto de garantizar que existan los fondos necesarios para su cumplimiento. Una vez aprobado dicho presupuesto se incorporará al Presupuesto de Ingresos y Egresos de la Administración Pública;
  11. Decretar, de una manera general, beneficios e incentivos fiscales o de cualquier naturaleza, para la promoción de actividades culturales, científicas, agrícolas, industriales, comerciales o de servicios;
  12. Decretar leyes sobre el reconocimiento de la deuda pública y crear y asignar los fondos necesarios para su pago;
  13. Establecer y regular el sistema monetario nacional y resolver sobre la admisión y circulación de la moneda extranjera;
  14. Recibir la protesta constitucional y dar posesión de su cargo a los ciudadanos que, conforme a la ley, deban ejercer la Presidencia y Vicepresidencia de la República;
  15. Resolver sobre renuncias interpuestas y licencias solicitadas por el Presidente y el Vicepresidente de la República y los Designados, previa ratificación personal ante la misma Asamblea;
  16. Desconocer obligatoriamente al Presidente de la República o al que haga sus veces cuando terminado su período constitucional continúe en el ejercicio del cargo. En tal caso, si no hubiere persona legalmente llamada para el ejercicio de la Presidencia, designará un Presidente Provisional;
  17. Elegir, para todo el período presidencial respectivo, en votación nominal y pública, a dos personas que en carácter de Designados deban ejercer la Presidencia de la República, en los casos y en el orden determinado por esta Constitución;
  18. Recibir el informe de labores que debe rendir el Ejecutivo por medio de sus Ministros, y aprobarlo o desaprobarlo;
  19. ELEGIR POR VOTACIÓN NOMINAL Y PUBLICA A LOS SIGUIENTES FUNCIONARIOS: PRESIDENTE Y MAGISTRADOS DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, PRESIDENTE Y MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL, PRESIDENTE Y MAGISTRADOS DE LA CORTE DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA, FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA, PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA, PROCURADOR PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS Y MIEMBROS DEL CONSEJO NACIONAL DE LA JUDICATURA;
  20. Declarar, con no menos de los dos tercios de votos de los Diputados electos, la incapacidad física o mental del Presidente, del Vicepresidente de la República y de los funcionarios electos por la Asamblea, para el ejercicio de sus cargos, previo dictamen unánime de una Comisión de cinco médicos nombrados por la Asamblea;
  21. Determinar las atribuciones y competencias de los diferentes funcionarios cuando por esta Constitución no se hubiese hecho;
  22. Conceder, a personas o poblaciones, títulos, distinciones honoríficas y gratificaciones compatibles con la forma de gobierno establecida, por servicios relevantes prestados a la Patria. No obstante, se prohíbe que tales títulos, distinciones y gratificaciones se concedan, mientras desempeñen sus cargos, a los funcionarios siguientes: Presidente y Vicepresidente de la República, Ministros y Viceministros de Estado, Diputados a la Asamblea Legislativa, y Presidente y Magistrados de la Corte Suprema de Justicia;
  23. Conceder permiso a los salvadoreños para que acepten distinciones honoríficas otorgadas por gobiernos extranjeros;
  24. Conceder permisos o privilegios temporales por actividades o trabajos culturales o científicos;
  25. Declarar la guerra y ratificar la paz, con base en los informes que le proporcione el Órgano Ejecutivo
  26. Conceder amnistía por delitos políticos o comunes conexos con éstos, o por delitos comunes cometidos por un número de personas que no baje de veinte; y conceder indultos, previo informe favorable de la Corte Suprema de Justicia;
  27. Suspender y restablecer las garantías constitucionales de acuerdo con el Art. 29 de esta Constitución en votación nominal y pública con los dos tercios de votos, por lo menos, de los Diputados electos;
  28. Conceder o negar permiso a los salvadoreños para que acepten cargos diplomáticos o consulares que deban ser ejercidos en El Salvador;
  29. Permitir o negar el tránsito de tropas extranjeras por el territorio de la República, y el estacionamiento de naves o aeronaves de guerra de otros países, por más tiempo del establecido en los tratados o prácticas internacionales;
  30. Aprobar las concesiones a que se refiere el Art. 120 de esta Constitución;
  31. Erigir jurisdicciones y establecer cargos, a propuesta de la Corte Suprema de Justicia, para que los funcionarios respectivos conozcan en toda clase de causas criminales, civiles, mercantiles, laborales, contencioso-administrativas, agrarias y otras;
  32. Nombrar comisiones especiales para la investigación de asuntos de interés nacional y adoptar los acuerdos o recomendaciones que estime necesarios, con base en el informe de dichas comisiones;
  33. Decretar los Símbolos Patrios;
  34. Interpelar a los Ministros o Encargados del Despacho y a los Presidentes de Instituciones Oficiales Autónomas;
  35. Calificar la fuerza mayor o el caso fortuito a que se refiere el último inciso del artículo 80;
  36. RECIBIR EL INFORME DE LABORES QUE DEBE RENDIR EL FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA, EL PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA, EL PROCURADOR PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS, EL PRESIDENTE DE LA CORTE DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA Y EL PRESIDENTE DEL BANCO CENTRAL DE RESERVA DE EL SALVADOR;(1)
  37. RECOMENDAR A LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA LA DESTITUCIÓN DE LOS MINISTROS DE ESTADO; O A LOS ORGANISMOS CORRESPONDIENTES, LA DE FUNCIONARIOS DE INSTITUCIONES OFICIALES AUTÓNOMAS, CUANDO ASÍ LO ESTIME CONVENIENTE, COMO RESULTADO DE LA INVESTIGACIÓN DE SUS COMISIONES ESPECIALES O DE LA INTERPELACIÓN, EN SU CASO. LA RESOLUCIÓN DE LA ASAMBLEA SERA VINCULANTE CUANDO SE REFIERA A LOS JEFES DE SEGURIDAD PUBLICA O DE INTELIGENCIA DE ESTADO POR CAUSA DE GRAVES VIOLACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS;(1)
  38. Ejercer las demás atribuciones que le señale esta Constitución.

Si hay tantas responsabilidades ¿por qué no se habla mucho sobre el cargo?

"En Centroamérica, solo los diputados de Costa Rica ganan más que los diputados de El Salvador.

Según el sitio web de Transparencia, un diputado propietario en la Asamblea Legislativa gana 4,025.72 dólares, incluyendo 800 dólares en gastos de representación y 914.29 dólares en Gastos de Transporte y Comunicación. 

Lorena Peña, presidenta de la Asamblea Legislativa ostenta un salario de 5,781.72 dólares. Incluidos 1,657.14 de Gastos de Representación y 914.29 dólares en Gastos de Transporte y Comunicación. 

Mientras que Guillermo Gallegos, vicepresidente de la Asamblea, recibe un salario de 5,225.15 dólares"1.

Por mes, los salvadoreños invierten $338,160.48 en 84 personas que trabajan pocos días de la semana y que, en ocasiones, hacen decretos a su antojo, por lo que lo mejor es aprovecharse de datos más pequeños y no que el país en la actualidad está en medio de la crisis.
____________________________

1Arévalo, K. (2017). Diputados de El Salvador reciben los segundos sueldos más altos en Centroamérica | elsalvador.com. [online] elsalvador.com. Available at: http://www.elsalvador.com/noticias/nacional/194731/diputados-de-el-salvador-reciben-los-segundos-sueldos-mas-altos-en-centroamerica/ [Accessed 5 Nov. 2017].

Comentarios

Entradas más populares de este blog

Teoría: ¿por qué decimos “v de vaca” y “b de burro”?

No sé, pero después de ver el “R.P.M” de Franco Escamilla me quedo la pregunta ¿por qué decimos “v de vaca” y “b de burro”? Luego de que en noveno grado, mientras hacía servicio social en el complejo educativo donde estudiaba, notara cómo las maestras de educación inicial daban clases, noté algo particular, por experiencia, los maestros nos ponen a relacionar una letra con una palabra: No obstante, la palabra debe ser un objeto reconocido, de modo que el alumno pueda aprender más fácil. El problema es que el español tiene la “b” y “v” y “c”, “s” y “z” con el mismo sonido, de modo que se vuelve indispensable poder diferenciarles, de esta forma. Así, llegamos a seleccionar algo de dominio general para decir la forma de escritura con respecto a la letra que se está mencionando, por ejemplo:  Letra Palabra Dibujo   B Burro  C Casa  S Soda  V Vaca  Z Zapato Aunque no creo que fuera una idea seleccionada de la nada, tuvo que existir un referente para que en ...

Abusar de niñas sí es delito y tiene consecuencias

En El Salvador es algo demasiado habitual que haya un docente acusado de abuso infantil, aunque hay casos en los que las estudiantes le proponen esa opción a los docentes, pero ¿una niña de diez años? ¿Qué dirá una niña de diez años? Y sí, una niña de diez años con un hombre que tiene la reputación de participar en el sistema de justicia como magistrado. Es algo lamentable, algo decepcionante y solo me lleva a considerar ciertas acciones. Tenemos al magistrado Escalante Díaz acusado de haber manoseado a una niña en sus partes íntimas, según un relato, en un momento de distracción de la madre él tocó los genitales de la menor y una persona vio cuando él realizaba dicha acción. Por lo cual procedió a realizar la denuncia. Quienes se encargaron de dar el fallo dijeron que el magistrado solo cometió una falta, pero ¿a cuántos tienen detenidos en el Penal La Esperanza por haber cometido una “falta”? lo que nos ha demostrado este caso es el fallo que existe en el sistema de just...

Jesús lo tenía fríamente calculado y nadie dijo nada

Jesús decía sobre los maestros de las sinagogas que; eran los responsables de dar a conocer la ley de Moisés y hacer que esta se cumpliera, sin tener que cumplirla, agregó que ponían cargas que ellos no podían llevar y que su principal deseo era llamar la atención para ser saludados y tener parte en todo para estar en los primeros asientos de la sinagoga. Una frase importante fue " les cierran a los demás el reino de los cielos, y ni entran ustedes ni dejan entrar a los que intentan hacerlo [...] Recorren tierra y mar para ganar un solo adepto, y cuando lo han logrado lo hacen dos veces más merecedor del infierno". Un dato importante es que nadie ha mencionado esto en una iglesia, creo que nadie ha predicado esto en su vida. Sin embargo, no quiero criticar, no es bueno caer en el mismo tema de los demás, eso es pensar como Jesús, “porque tal como juzguen se les juzgará, y con la medida que midan a otros, se les medirá a ustedes”. Esto sirve para entender una parte...